Constitución Nacional: ¿Qué dice nuestra Carta Magna?
- anaaltamiranda
- 21 feb 2023
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Actualizado: 25 jul 2023
Es la ley más importante de un Estado y con la cual se basan los límites de acción legal de los ciudadanos y de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial. Su objetivo es organizar políticamente al país estableciendo derechos, obligaciones y garantías.

En Argentina fue sancionada el primero de mayo de 1853 en Santa Fe después del intento fallido de la Constitución federal escrita en 1819 que no logró ser aceptada. Fue redactada por los Diputados de las provincias de Santa Fe, Entre Ríos, Corrientes que incluía Misiones, Mendoza, San Juan, San Luis, La Rioja, Catamarca, Salta, Jujuy, Córdoba, Tucumán y Santiago del Estero la única provincia que no participó fue Buenos Aires que no aceptaba el federalismo ni la nacionalización de su aduana. La provincia de Buenos Aires redactó su propia constitución y mantuvo el control sobre el puerto y la aduana, situación que duró varios años en la cual existieron muchos enfrentamientos.
En 1859 se llevó adelante la batalla de Cepeda donde el presidente Urquiza derrotó a Mitre y la confederación se impuso ante Buenos Aires, esto provocó la firma del pacto de San José Flores que marcó el inicio del proceso de incorporación de Buenos Aires al resto de la confederación. Esta inclusión puede ser vista en la primera reforma de la Constitución nacional en 1860, pero esta unión fue débil lo que provocó que continuarán los enfrentamientos como por ejemplo el de la batalla de Pavón en 1861, donde Urquiza se retiró en medio del combate. En ese momento los porteños disolvieron la Confederación Argentina y llamaron a elecciones en todo el país que dieron como resultado a Mitre como nuevo presidente. La unificación definitiva de la República Argentina se dio entonces en 1862 estableciendo las bases de los tres poderes del gobierno federal en la ciudad de Buenos Aires.
Juan María Gutierrez, José Benjamin Gorostiaga, Juan del Campillo, Salvador María del Carril, Agustín Delgado, Santiago Derqui, Pedro Diaz Colofredo, Pedro Juan Ferré, Ruperto Godoy fueron algunos de los 24 redactores de la Constitución.
El texto constitucional fue redactado teniendo en cuenta lo señalado por Juan Bautista Alberdi en su libro “Bases y punto de partida para la organización política de la República Argentina”, y también analizando las bases de las constituciones de EEUU y de Chile de 1833.
Juan Bautista Alberdi remarcaba que la Constitución tenía que tener en cuenta el contexto de la fragmentación territorial y las luchas de las facciones a nivel local como las que llevan adelante los unitarios y federales. “Los nuevos estados de la América antes española necesitan Reyes con el nombre de presidente”, expresaba Alberdi y remarcaba que el modelo debía buscar la estabilidad política de las tierras rebeldes mediante la figura fuerte de un presidente, pero en el marco de un gobierno republicano.
La Constitución está dividida en tres secciones
Preámbulo
Expresa los objetivos que se pretenden alcanzar. Los objetivos son: constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general y asegurar los beneficios de la libertad.
Texto del Preámbulo
“Nos los representantes del pueblo de la Nación Argentina, reunidos en Congreso General Constituyente por voluntad y elección de las provincias que la componen, en cumplimiento de pactos preexistentes, con el objeto de constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad, para nosotros, para nuestra posteridad, y para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino: invocando la protección de Dios, fuente de toda razón y justicia: ordenamos, decretamos y establecemos esta Constitución, para la Nación Argentina”.
Primera parte
Aquí podemos ver las Declaraciones, Derechos y Garantías que tienen todas las personas que habiten el suelo argentino.
Algunos de los artículos que tal vez trabajes en clase:
Artículo 1º
La Nación Argentina adopta para su gobierno la forma representativa republicana federal, según la establece la presente Constitución.
Artículo 5º
Cada provincia dictará para sí una Constitución bajo el sistema representativo republicano, de acuerdo con los principios, declaraciones y garantías de la Constitución Nacional; y que asegure su administración de justicia, su régimen municipal, y la educación primaria. Bajo estas condiciones el Gobierno federal, le garantiza a cada provincia el goce y ejercicio de sus instituciones.
Artículo 6º
El Gobierno federal interviene en el territorio de las provincias para garantir la forma republicana de gobierno, o repeler invasiones exteriores, y a requisición de sus autoridades constituidas para sostenerlas o reestablecerlas, si hubiesen sido depuestas por la sedición, o por invasión de otra provincia.
Artículo 14
Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y aprender.
Artículo 14 bis
El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurará al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor, jornada limitada; descanso y vacaciones pagados, retribución justa, salario mínimo vital móvil, igual remuneración por igual tarea, participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección, protección contra el despido arbitrario, estabilidad del empleado público, organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial.
Queda garantizado a los gremios: concertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a la conciliación y al arbitraje; el derecho de huelga. Los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo.
El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable. En especial, la ley establecerá: el seguro social obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica, administradas por los interesados con participación del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes; jubilaciones y pensiones móviles; la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna.
Artículo 19
Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe.
Artículo 20
Los extranjeros gozan en el territorio de la Nación de todos los derechos civiles del ciudadano; pueden ejercer su industria, comercio y profesión; poseer bienes raíces, comprarlos y enajenarlos; navegar los ríos y costas; ejercer libremente su culto; estar y casarse conforme a las leyes. No están obligados a admitir la ciudadanía, ni a pagar contribuciones forzosas extraordinarias. Obtienen nacionalización residiendo dos años continuos en la Nación; pero la autoridad puede acortar este término a favor del que lo solicite, alegando y probando servicios a la República.
Segunda parte
En esta parte se puede encontrar la organización del Estado argentino y las atribuciones de todas las autoridades, por ejemplo, podemos ver cómo es la composición de los tres poderes del Estado, cómo alcanzar los puestos, cuál es la duración de los mismos, etc.
Algunos de los artículos que tal vez trabajes en clase:
Artículo 44
El Poder Legislativo está armado por un Congreso compuesto de dos Cámaras, una de Diputados de la Nación y otra de Senadores de las provincias y de la ciudad de Buenos Aires.
Artículo 48
Para ser diputado se requiere haber cumplido la edad de veinticinco años, tener cuatro años de ciudadanía en ejercicio y ser natural de la provincia que lo elija, o con dos años de residencia inmediata en ella.
Artículo 50
Los diputados durarán en su representación por cuatro años, y son reelegibles; pero la cámara se renovará por mitad cada bienio; a cuyo efecto los nombrados para la primera Legislatura, luego que se reúnan, sortearán los que deban salir en el primer período.
Artículo 54
El Senado se compondrá de tres senadores por cada provincia y tres por la ciudad de Buenos Aires, elegidos en forma directa y conjunta, correspondiendo dos bancas al partido político que obtenga el mayor número de votos, y la restante al partido político que le siga en número de votos. Cada senador tendrá un voto.
Artículo 55
Son requisitos para ser elegido senador: tener la edad de treinta años, haber sido seis años ciudadano de la Nación, disfrutar de una renta anual de dos mil pesos fuertes o de una entrada equivalente, y ser natural de la provincia que lo elija, o con dos años de residencia inmediata en ella.
Artículo 56
Los senadores duran seis años en el ejercicio de su mandato, y son reelegibles indefinidamente; pero el Senado se renovará a razón de una tercera parte de los distritos electorales cada dos años.
Artículo 57
El vicepresidente de la Nación será presidente del Senado; pero no tendrá voto sino en el caso que haya empate en la votación.
Artículo 63
Ambas Cámaras se reunirán por sí mismas en sesiones ordinarias todos los años desde el primero de marzo hasta el treinta de noviembre. Pueden también ser convocadas extraordinariamente por el Presidente de la Nación o prorrogadas sus sesiones.
Artículo 69
Ningún senador o diputado, desde el día de su elección hasta el de su cese, puede ser arrestado; excepto el caso de ser sorprendido in fraganti en la ejecución de algún crimen que merezca pena de muerte, infamante u otra aflictiva; de lo que se dará cuenta a la Cámara respectiva con la información sumaria del hecho.
¿Qué derechos establece la Constitución Argentina y que tratados de derechos humanos?
La Constitución nacional establecía derecho a la libertad religiosa, derecho a educarse, derecho a trabajar, derecho a comerciar, derecho a navegar a permanecer entrar y salir, derecho a la libertad a la igualdad.
En la reforma de 1994 se incorporaron todos los tratados de derechos humanos que existían en ese momento que eran alrededor de 12 tratados internacionales por ejemplo derechos para las mujeres, las personas con discapacidad, derechos para usuario, consumidores, para medioambiente y se le otorgaron garantías para que se cumplan esos derechos.
¿Qué son las garantías constitucionales?
Los procesos a través de los cuales los derechos se cumplen.
¿La Constitución Argentina puede seguir reformándose?
Sí. Se debe sancionar una ley que especifique que tiene que haber una reforma de la Constitución nacional de forma parcial o total dictada por una mayoría especial. También hay que hacer una elección para elegir a los integrantes de la asamblea constituyente. Los integrantes de la asamblea tienen límites para establecer los nuevos cambios de la Constitución, y estos tienen que ser aprobados por el congreso nacional.
Reforma de 1860
La asamblea constituyente estableció la inclusión de la provincia de Buenos Aires. Además, se consolidan las autonomías de las provincias y se limita el derecho a intervención que tenía el presidente.
Reforma de 1866
Se nacionalizan las aduanas y se aprobaron los impuestos a las exportaciones.
Reforma de 1898
Se aumentó el número de ministros para restringir la actuación del presidente. Hubo un reajuste de la representación del pueblo en la Cámara de Diputados a través de censos y la posterior designación de funcionarios públicos.
Reforma de 1949
Se incorporaron los derechos sociales. Se incluyen los derechos de los trabajadores, familia y la ancianidad. Anteriormente el artículo 14 hablaba sobre el derecho a trabajar, pero en este año se redacta el artículo 14 bis que menciona las formas en las que se va a llevar adelante el trabajo remarcándoles condiciones dignas.
Reforma de 1994
Se incorporaron los principales tratados de derechos humanos y algunas nuevas garantías. También se puede observar que hubo dos cambios significativos en el Poder Ejecutivo. El primero de ellos está incorporado en el artículo 100 que menciona la creación de la figura del jefe de gabinete de ministros a quien se le otorga funciones como ser el interlocutor del Poder Ejecutivo frente al Congreso y como ministro coordinador dentro del poder ejecutivo. El segundo cambio significativo tiene que ver con las atribuciones legislativa del presidente que fueron claramente reforzadas al incluirse en el artículo 99 (inciso tres) la facultad del presidente de dictar Decretos de Necesidad y Urgencia en momentos excepcionales en las que no están contemplados los cambios en normas que regulan materia penal, tributaria, electoral o el régimen de los partidos políticos.
Además, se creó el Consejo de la magistratura para fortalecer el funcionamiento del Poder Judicial, su función es intervenir en el proceso de selección de los jueces de los tribunales inferiores realizando concursos públicos de los cuales se obtiene una terna de postulantes que se envía al Poder Ejecutivo para la designación con el acuerdo del Senado. También este Consejo controla al poder judicial y la actividad de sus miembros. Por último, podemos mencionar que también se realizaron cambios en la cámara alta del Congreso elevando el número de senadores de dos a tres por provincia y se modificó el modo de forma de elección de los senadores pasando de una forma indirecta a una directa, además se recortó el mandato de los senadores de nueve a seis años.
Acá te dejo el link para que veas la Constitución completa.
Bibliografía recomendada
Abal Medina, J. M. (h) (2019). Manual de ciencia política. Ciudad Autónoma de Buenos Aires : Eudeba.
Otros conceptos que elaboramos en nuestros posts:
Estado y Nación
Gobierno republicano
Gobierno federal
Democracia representativa
... y mucho más!
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